por Santiago Ferro » 03 Dic 2009, 22:44
Con el tema de los posibles problemas que se deriven del uso de textos o imágenes de Gardiner (y otros) por atentados contra su eventual Copyrigth, creo que lo más sabio sería consultar con un abogado que realmente sepa sobre legislación internacional y local sobre los tres temas cuya diferenciación es para nota. ¿Hay alguno inscrito en AE?
Por razones de lo que fué mi trabajo tuve que ver bastante con el asunto, así que buscando una salida ya que levanté la liebre, he intentado actualizarme y por lo que he visto, se entremezclan tres conceptos que (para profanos) perecerían ser el mismo, pero que tienen sutiles diferencias. Estos son: el COPYRIGTH (derecho anglosajón -transmisible a terceros_), los DERECHOS DE AUTOR (derecho francés y afines -inalienable y que solo pasa a herederos) y la PROPIEDAD INTELECTUAL. Así que terminé (no siendo abogado) con un terrible galimatías. Es decir, peor que al principio.
Sin embargo creo tener una posible solución, la que utilizaba en mis escritos médicos. El "DERECHO DE CITA BIBLIOGRÁFICA". O sea, lo que habitualmente solemos hacer (aunque mal) de transcribir textos o ilustraciones tomados de libros u otras publicaciones. Digo, "mal hecho" porque por lo común olvidamos los datos del autor y publicación a la que hemos acudido.
Una cita bibliográfica (que también tiene sus riesgos), además de ser ad pede leteram e ir entrecomillas, debe agregar todos los datos de la fuente de donde se ha tomado. Ejemplo: "los egipcios eran todos de 5 m de alto" (in Astor Astoris, Historia de Egipto, Editorial BBBBBB, Barcelona, Año 9876, pág. 345).
No se si me he explicado. La sugerencia es que Nancy fotocopie (escaneé) exclusivamente el jeroglífico sobre el que hace su ejercicio y PIDE AYUDA, poniendo el pié de la ilustración todos los datos bibliográficos pertinentes. No sobraría una nota como he visto en algunas webs de imágenes indicando que si los dueños del Copyrigth lo solicitan, la imagén (que se publica con ánimo de estudio y sin fineslucrativos) será retirada inmediatamente.
Y, para Nancy, Mamen y todos: no es nada raro que algunos desaprensivos se aprovechen de nuestras fotos en internet y las cuelguen en sus páginas. Nada que hacer, solo dependemos de la buena voluntad que pueda tener el usurpador para que nos de los créditos o la retire. Si queremos emprender una acción legal, es obvio que debemos tener acreditada su autoría mediante un Copyright o registro en la Oficina de la Propiedad Intelectual. Mi experiencia al respecto ha sido nefasta.
Resumo, consutemos a un abogado que sepa del tema. Quizás que lo haga el Administrador, ya que afecta a varios foros.
Saludos